sábado, 25 de febrero de 2012

Ecuador en vivo - Evaluadores externos analizarán a las universidades en...

EN EL PORTAL DE RIACES ENCONTRAMOS LA SIGUIENTE INFORMACIÓN


ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES DE PERÚ
Dirección: Calle Aldabas Nº 337 Urb. Las Gardenias - Surco.
Código Postal: Lima 41.
Tel: (51-1) 275-4608
Web: www.anr.edu.pe


¿Qué es la ANR?
La Asamblea Nacional de Rectores, es un Organismo Público descentralizado del Sector Educación, constituido por los Rectores de todas las Universidades Públicas y Privadas del Perú. Su misión es coordinar, orientar y brindar servicios con valores humanísticos, para elevar el nivel de calidad académica y de gestión de universidades.

Objetivos
• Coordinar, proporcionando información, previa e indispensable, la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una Universidad y en la Facultades en que se hacen los estudios respectivos.
• Concordar con lo referente a los requisitos mínimos exigibles por el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la unificación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho privativo de cada universidad a establecer las curriculas y requisitos adicionales propios.
• Designar a las universidades que pueden convalidar estudios, grados y títulos obtenidos en otros países.
• Evaluar a las nuevas universidades de conformidad con lo establecido en el articulo 7 de la ley Universitaria.
• Informar, a requerimiento del Poder Legislativo, en los casos de creación, fusión o supresión de Universidades Públicas o Privadas.
• Conocer y resolver de oficio y en última instancia, los conflictos que se procuran en las Universidades Públicas y Privadas del país relativos a la legitimidad o reconocimiento de sus autoridades de gobierno como son: Asamblea Universitaria, Consejo Universitario, Rector, Vicerrector y Comisiones Organizadoras de las Universidades de reciente creación que afecten el normal funcionamiento institucional. Las resoluciones que expida son de observancia obligatoria por todas las Universidades.
• Elegir a los miembros del Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios. Publicar un informe anual sobre la realidad universitaria del país y sobre criterios generales de política universitaria.
• Publicar un informe anual sobre la realidad universitaria del país y sobre criterios generales de política universitaria.
• Emitir opinión sobre propuestas legislativas relacionadas al entorno universitario y de la educación superior del país.

Programas

La página Web de La Asamblea Nacional de Rectores no específica ningún programa en particular, pero sí concreta que entre los fines de la organización figuran: el estudio; la coordinación; la orientación general de las actividades universitarias en el país; y el velar por el restablecimiento del orden, la paz y la armonía institucional de las universidades del país, creándose para tales efectos los órganos operativos y de coordinación correspondiente.

Relaciones institucionales
Posee una estructura administrativa que define las políticas y acciones en materia universitaria a nivel nacional. Todas las acciones que toma y ejecuta la ANR están ceñidas de acuerdo a ley y para ello cuenta con los siguientes estamentos:
• Pleno de Rectores
• Autoridades de la Asamblea Nacional de Rectores
• Consejo de Coordinación Interuniversitario - CCI
• Consejo Regional Interuniversitario - CRI

ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO DE EVALUACIÓN ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA -CONEAU-.

Órgano de Dirección: Directorio
El Órgano de Dirección del CONEAU está conformado por un Directorio de carácter interdisciplinario, de acuerdo al artículo 32º de la Ley Nº 28740.
El Directorio elige entre sus miembros al Presidente por un período de tres años. Los miembros del Directorio perciben dietas y se reúnen en forma ordinaria, por lo menos, dos veces al mes.

Objetivos

Son objetivos del Directorio del CONEAU:
a) Promover el desarrollo de procesos de evaluación, acreditación y certificación de la calidad de la educación superior universitaria.
b) Contribuir a alcanzar niveles óptimos de calidad en los procesos, servicios y resultados de la educación superior universitaria.
c) Garantizar la calidad del servicio educativo universitario.

Funciones
Son funciones del Directorio del CONEAU:
a) Aprobar las normas que regulan la autorización y funcionamiento de las entidades evaluadoras con fines de acreditación, y de las entidades certificadoras.
b) Definir los estándares e indicadores de evaluación para el proceso de acreditación de las instituciones y programas de educación superior universitaria.
c) Aprobar los estándares y criterios de certificación de competencias profesionales, elaborados en concordancia con la Asamblea Nacional de Rectores y los colegios profesionales correspondientes.
d) Promover la evaluación de las instituciones de educación superior universitaria y de sus filiales a cargo de entidades evaluadoras autorizadas y registradas por el CONEAU.
e) Publicar los resultados de las acciones de evaluación y acreditación.
f) Supervisar las actividades de las entidades evaluadoras y certificadoras y proponer sanciones en caso de infracción.
g) Autorizar y registrar a las entidades evaluadoras con fines de acreditación y a las certificadoras.
h) Cumplir las demás funciones establecidas por ley.

Órganos de Línea
Los Órganos de Línea del CONEAU:
a) Dirección de Evaluación y Acreditación.
b) Dirección de Evaluación y Certificación.
Las direcciones de línea están integradas por profesionales de alta especialización en la materia.

Objetivos de la Dirección de Evaluación y Acreditación
Son objetivos de la Dirección de Evaluación y Acreditación:
a) Contribuir al mejoramiento de la calidad educativa de instituciones y programas universitarios, mediante el desarrollo de procesos de evaluación y acreditación.
b) Contribuir al establecimiento de mecanismos de control y evaluación de la calidad de los procesos de gestión institucional y académicos.
c) Fomentar una cultura evaluativa en las instituciones de la educación superior universitaria.

Funciones de la Dirección de Evaluación y Acreditación
Son funciones de la Dirección de Evaluación y Acreditación del CONEAU:
a) Proponer los estándares y criterios de evaluación y acreditación de las instituciones de educación superior universitaria.
b) Sugerir al Directorio los requisitos para el funcionamiento de las entidades evaluadoras con fines de acreditación.
c) Coordinar las relaciones entre el CONEAU y las entidades evaluadoras.
d) Emitir opinión técnica para autorizar el funcionamiento de entidades evaluadoras en el ámbito del CONEAU.
e) Capacitar y proponer al directorio del CONEAU la certificación de los especialistas de las entidades evaluadoras.
f) Supervisar y evaluar las actividades de las entidades evaluadoras con fines de acreditación y proponer sanciones en caso de infracción.

Objetivos de la Dirección de Evaluación y Certificación

Son objetivos de la Dirección de Evaluación y Certificación del CONEAU:
a) Contribuir a desarrollar la calidad de los procesos de evaluación y certificación de competencias profesionales de los egresados de las universidades y de los institutos superiores pedagógicos.
b) Promover el desarrollo de procesos de evaluación y certificación de competencias profesionales.
c) Fomentar una cultura evaluativa entre los miembros de las instituciones de educación superior universitaria.

Funciones de la Dirección de Evaluación y Certificación
Son funciones de la Dirección de Evaluación y Certificación del CONEAU:
a) Proponer los estándares, criterios y procedimientos de evaluación y certificación de los profesionales egresados de las instituciones universitarias y de los institutos superiores pedagógicos, en correspondencia con lo establecido en el artículo 21º del presente Reglamento.
b) Fomentar el intercambio y sistematización de experiencias entre las entidades certificadoras.
c) Supervisar y evaluar las actividades de las entidades certificadoras y proponer sanciones en caso de infracción.
d) Contribuir a garantizar la calidad de los procesos de evaluación y certificación de competencias y el respeto a la confidencialidad de los resultados.

Órgano Consultivo
El órgano consultivo está constituido por un Consejo Consultivo, integrado por profesionales de reconocido prestigio y especialización en materias vinculadas a las funciones del CONEAU.
El número de miembros del Consejo Consultivo es ilimitado y su designación es de carácter honorífico y será efectuada por el Directorio del CONEAU.

Objetivos del Consejo Consultivo
El Consejo Consultivo tiene como objetivos:
a) Asesorar al Directorio.
b) Asesorar a los órganos de línea en temas de evaluación, acreditación y certificación.

Funciones del Consejo Consultivo
Son funciones del Consejo Consultivo:
a) Recoger, aportar y producir conocimientos para el control y mejoramiento de la evaluación, acreditación y certificación de la calidad educativa desarrolladas por los órganos de línea del CONEAU.
b) Proponer recomendaciones para garantizar los procesos de evaluación, acreditación y certificación de la calidad en la educación superior universitaria.
c) Emitir opinión en los asuntos que le sean solicitados por el CONEAU.

Comisiones Técnicas
El CONEAU conforma comisiones técnicas a solicitud de las direcciones, aquéllas se establecen convocando a profesionales y expertos, de acuerdo a las necesidades, para la elaboración de productos o servicios específicos.

Organización de las Comisiones Técnicas
La organización de las comisiones técnicas está relacionada con el producto o prestación de servicios solicitados, teniendo en cuenta la experiencia de los sectores y actores de la educación superior universitaria.

Funciones de las Comisiones Técnicas
Son funciones de las comisiones técnicas del CONEAU:
a) Elaborar productos o prestar servicios relativos a los procesos de evaluación, acreditación y certificación de la calidad educativa.
b) Estudiar y analizar insumos, procesos y resultados concernientes a la evaluación de la calidad educativa de la educación superior universitaria.

El Consorcio de Universidades es una asociación civil sin fines de lucro conformada por cuatro universidades: Pontificia Universidad Católica del Perú, Universidad Peruana Cayetano Heredia, Universidad del Pacífico y Universidad de Lima. Su máximo organismo de gobierno es la Asamblea General, integrada por los rectores de las cuatro universidades. El Consejo Directivo es el encargado de representar, dirigir y administrar la institución. Las actividades que realiza el Consorcio se llevan a cabo mediante comisiones, comités con tareas específicas, grupos de trabajo por encargo y equipos de investigación o intervención.

El objetivo del Consorcio de Universidades, desde su creación en junio de 1996, es unir los esfuerzos individuales y potenciar la actuación conjunta de dichas universidades a favor del desarrollo integral del Perú.

CONVOCATORIA A DOCENTES UNIVERSITARIOS AL PROGRAMA DE SELECCIÓN DE EVALUADORES EXTERNOS

Convocatoria a Docentes Universitarios (ver documento):
El Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (CONEAU), a través de la Dirección de Evaluación y Acreditación (DEA-CONEAU), como parte de sus funciones y compromiso por el aseguramiento de la calidad de las universidades públicas y privadas, convoca a los docentes universitarios al programa de selección de evaluadores externos con fines de acreditación; proceso que consta de 3 etapas: Registro, Capacitación y Evaluación.

REGISTRO
Para participar, deberá registrarse llenando el siguiente formulario electrónico:
https://docs.google.com/spreadsheet/viewform?formkey=dHMydHpHTExYYzYyVGlLWTdLSUFnZWc6MA

En base a las inscripciones virtuales, se seleccionarán a los aspirantes que cumplan los siguientes requisitos:
  1. Tener 10 años de ejercicio académico.
  2. Tener experiencia en gestión universitaria.
  3. Tener la formación y poseer grado académico (Doctor o Maestro) en la carrera profesional.
  4. Tener reconocimiento de su calidad académica y profesional en la especialidad.
  5. Haber participado en procesos de autoevaluación de carreras universitarias y/o institucionales.
  6. Tener formación en cursos relacionados con la evaluación de la calidad de procesos académicos universitarios.
  7. Tener idoneidad moral para ejercer la función de evaluador externo, al amparo de su trayectoria personal y profesional, en lo administrativo y judicial.
  8. No tener vinculación administrativa (laboral) con el SINEACE y sus órganos operadores (IPEBA, CONEACES, CONEAU).

CAPACITACIÓN
Las capacitaciones se realizarán de acuerdo al siguiente cronograma:
Capacitación
Fecha
Primera
12 y 13 de marzo
Segunda
19 y 20 de marzo
Tercera
04 y 05 de junio
Cuarta
07 y 08 de junio
Quinta
06 y 07 de setiembre
Sexta
20 y 21 de setiembre

EVALUACIÓN
Las evaluaciones se realizarán de acuerdo al siguiente cronograma. Para acceder a la evaluación deberá estar registrado y contar con todos los requisitos establecidos líneas arriba. NO es obligatorio haber participado en la capacitación.

Convocatoria
Evaluación
Fecha (2012)
I
Primera evaluación
22 de marzo
Segunda evaluación
24 de marzo
Tercera evaluación
14 de abril
Entrevista/Evaluación Psicológica
A partir del 2 de mayo
Entrega de expedientes
2 de mayo
II
Primera evaluación
11 de junio
Segunda evaluación
15 de junio
Tercera evaluación
07 de julio
Entrevista/Evaluación Psicológica
A partir del 18 de julio
Entrega de expedientes
18 de julio
III
Primera evaluación
01 de octubre
Segunda evaluación
05 de octubre
Tercera evaluación
27 de octubre
Entrevista/Evaluación Psicológica
A partir del 07 de noviembre
Entrega de expedientes
07 de noviembre


NOTA.- Todo el proceso de selección es gratuito.

jueves, 2 de febrero de 2012

INVITACIÓN A LAS UNIVERSIDADES DEL PAÍS

OFICIO MULTIPLE Nº 002-2012-CONEAU/P


Señores Rectores
UNIVERSIDADES NACIONALES DEL PAÍS

Es grato dirigirme a usted para saludarlo cordialmente y a  la vez hacer de su conocimiento que el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – CONEAU, ha programado para el día miércoles 29 de febrero del presente año; desarrollar el evento de socialización del documento“Guía de Procedimientos para el Reconocimiento de Acreditación de Institución Extranjera”, elaborado por laComisión a cargo de desarrollar las consideraciones técnicas y normativas relacionadas con el art. 17, numeral 03 del Reglamento de la Ley Nº 28740, referido al reconocimiento en parte o en todo de los procesos de acreditación conferidos por organismos internacionales; en las instalaciones de la Sala 1 de la Asamblea Nacional de Rectores, sito Calle Aldabas 337 Las Gardenias-Surco, en el horario de 09:00 am. a 2:00 pm.

El evento está dirigido a los señores Jefes de Calidad de las instituciones universitarias y tiene por objetivo: Recoger opiniones y sugerencias para la mejora de la propuesta “Guía de Procedimientos para el Reconocimiento de Acreditación de Institución Extranjera”.

Para la inscripción y/o cualquier información adicional, favor comunicarse con la Dirección de Evaluación y Acreditación al correo electrónico dea@coneau.gob.pe o llamar a los teléfonos 440-2365 / 440-2283 - Anexo 101 / 103.

Es propicia la ocasión para renovarle los sentimientos de mi especial consideración.

Atentamente,

                                                                                         Mg.  JAIME ZARATE AGUILAR

Presidente – CONEAU


Se adjunta: Guía de Procedimientos para el Reconocimiento de Acreditación de Institución Extranjera.

Para confirmar su participación por favor siga el siguiente enlace: https://docs.google.com/spreadsheet/viewform?formkey=dGVpRnZ0cV94VGI5MExWR2FzcE96LXc6MA

Dirección de Evaluación y Acreditación
Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria
Telefax Presidencia: 4402283
Teléfono DEA: 4402365 Anexo 101 ó 103
http://coneau.gob.pe